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COLILLAS DE CIGARRILLOS: MULTAS A QUIENES LAS ARROJEN EN LA VÍA PÚBLICA.

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Escrito por ConsulDar

Colillas de cigarrillos

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires prohibió por ley el arrojo de colillas de cigarrillos, cigarros y/o filtros en los espacios públicos.

Quien infrinja esta norma será sancionado con una multa estimada entre $642 hasta $14.980; la obligación de realizar trabajos comunitarios relacionados con la preservación del ambiente y/o la concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación en materia ambiental.

Este es un gran paso en materia ambiental, ya que las colillas de cigarrillos constituyen una importante fuente de contaminación en ciudades debido a que contienen tóxicos que pueden filtrarse al suelo y al agua. Además, poseen una lenta degradación por lo que permanecen en el medio por largos periodos de tiempo.

Para más información, compartimos la nota completa extraída de la página de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: https://www.legislatura.gov.ar/posts/multaran-a-quien-arroje-colillas-en-el-espacio-publico1595.html


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PLÁSTICO. 5 CLAVES PARA REDUCIR EL IMPACTO AMBIENTAL

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Escrito por La Nación

PLASTIC 1

Es parte de la vida cotidiana, está en el envase con el que nos servimos la leche, una gaseosa o el agua. Contiene todo tipo de alimentos, está en los juguetes de nuestros hijos y en los barbijos con los que nos protegemos. No obstante, después de su uso gran parte termina en basurales sin poder reciclarse. Educación, promoción, gestión, infraestructura y legislación, son necesarios para que el plástico deje de ser el malo de la película. Sin dudas, es un material que está presente a diario y nos aporta muchísimas soluciones en el campo de la alimentación, de la medicina, de la farmacia, entre tantos otros.

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PROYECTO DE LEY DEL FUEGO: LIMITACIÓN AL USO PRIVADO Y COMERCIAL DE TIERRAS INCENDIADAS

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Escrito por ConsulDar

Incendio forestal

La Cámara de Diputados de la Nación, aprobó con 132 votos positivos, el proyecto de ley que busca desincentivar los incendios intencionales con fines especulativos.

Dicho proyecto, modifica la Ley 26.815 de manejo del fuego y prohíbe durante 30 años el desarrollo de emprendimientos inmobiliarios u actividades de cualquier tipo que sean distintas al uso que esos terrenos tenían al momento del incendio. En cuanto a los bosques nativos de propiedad privada, la prohibición se extiende hasta los 60 años.

A su vez, fue sancionado el proyecto "Ley Yolanda", donde se establece que se deberán capacitar en medio ambiente a todos los empleados de la función pública, en todos sus niveles y jerarquías, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

Para más información, compartimos la nota completa publicada en la Pagina Infobae: https://www.infobae.com/politica/2020/11/18/ley-de-fuego-obtuvo-media-sancion-el-proyecto-que-limita-el-uso-privado-y-comercial-de-tierras-incendiadas/


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Denuncian que en el país se vierten 14 millones de toneladas al año de residuos peligrosos sin tratar

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Escrito por La Nación

res peligrosos
El dato surge de un relevamiento de la Cámara Argentina Tratadores y Transportistas de Residuos Industriales y Especiales (Catries) y de la Cámara Argentina de Industrias de Tratamiento para la Protección Ambiental (Caitpa). Fuente: Archivo - Crédito: Aníbal Greco / LA NACIÓN

Cada año, en el país se generan más de 17 millones de residuos peligrosos y apenas el 21% recibe tratamiento. El resto, se dispone directamente en basurales, cursos de agua o se entierra, según denunciaron esta tarde las dos cámaras que agrupa a las empresas que se dedican a la industria de tratamiento y transporte de residuos industriales y patogénicos.

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MONOPATINES, ATENTI QUE YA ESTÁN REGULADOS!

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Escrito por ConsulDar

Monopatín

Disposición 480/2020 de la ANSV, B.O. del 29/10/2020: Agiornándose a los tiempos que corren y las nuevas modalidades de circulación por la vía pública, se aprobó el "MARCO REGULATORIO PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL". Sólo se podrá circular con una velocidad máxima de hasta 30 km/h, usando casco, luz delantera y trasera, frenos, bocina y preferentemente un chaleco refractario. No podrán transportarse cargas, animales ni otras personas. Tiene lógica no?

Link al texto de la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236696/20201029


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