TELETRABAJO. ULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS
Escrito por ConsulDar
La Ley 27.555 que entrará en vigencia el 1° de abril del 2021 según la Resolución 54/2021, tiene por objeto establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares características, lo permitan.
Entre las disposiciones más importantes que se establecen, destacamos:
A su vez, el 20 de enero de este año, se publicó el Decreto Reglamentario 27/2021. Por un lado, se destaca el derecho a la desconexión digital y solo se admitirá en casos indispensables la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral. Por otro lado, establece que los elementos de trabajo no se consideran remunerativos.
Con respecto a la Higiene y Seguridad Laboral, se espera que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dicte las normas relativas y que determine la inclusión de las enfermedades profesionales causadas por esta modalidad laboral que parece ir en auge.
En cuanto a los accidentes acaecidos en el teletrabajo, se presumen “accidentes de trabajo” en los términos del artículo 6º, inc. 1, de la ley 24.557 -Ley de Riesgos del trabajo-
¿El homeoffice vino para quedarse?