Análisis Comparativo de las Condiciones de Seguridad en Explotaciones Mineras a Cielo Abierto: Propuestas de Actuación

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ABSTRACT

Desde el año 2000 hasta la actualidad, los autores del artículo que aquí se presenta, han efectuado más de 70 inspecciones técnicas de seguridad en explotaciones mineras a cielo abierto de varias Comunidades Autónomas: Galicia, Navarra, Aragón, y País Vasco.

 

 

La finalidad de estas inspecciones es determinar el grado de cumplimiento de las explotaciones mineras en materia de seguridad y proponer las medidas de mejora necesarias para la adecuación a la normativa vigente.

En este artículo se realiza un análisis comparativo de las deficiencias observadas y se proponen las actuaciones necesarias para la regulación del sector extractivo en materia de seguridad minera.

 

INTRODUCCIÓN

El Departamento de Ingeniería Minera y Metalúrgica y Ciencia de los Materiales de la Universidad del País Vasco y en concreto la Sección Departamental de Ingeniería Minera, ha efectuado, desde el año 2000, más de 70 inspecciones técnicas de seguridad en explotaciones a cielo abierto de las Comunidades Autónomas de Navarra, Aragón, Galicia y País Vasco.

Estas inspecciones se enmarcan dentro de Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas o con el Laboratorio Oficial Madariaga. Estos Convenios están también vigentes durante el año en curso, por lo que, para final de 2006, se habrán realizado 130 inspecciones técnicas de seguridad.

Las explotaciones mineras en las que se han realizado estas inspecciones han sido seleccionadas conjuntamente con las Comunidades Autónomas y abarcan un amplio espectro de tipos de explotaciones, en lo que se refiere a los diferentes recursos explotados, diferentes métodos de explotación y en cuanto al tamaño de las compañías explotadoras.

En las explotaciones mineras en las que se han efectuado las inspecciones se extraen diferentes recursos minerales: calizas, ofitas, areniscas, margas, arcillas, gravas, yesos, magnesita, pizarras, calizas marmóreas y granitos.

En ellas, debido a la diferente naturaleza del recurso extraído, el método de extracción es también distinto, existiendo explotación mediante perforación y voladura, explotación mediante arranque mecánico y explotación mediante extracción de bloques. Los distintos métodos de explotación implican la existencia de riesgos diferentes.

El tamaño de las empresas mineras varía notablemente, pudiendo cifrarse la media en 10 trabajadores por explotación; se ha constatado que el tamaño de la compañía explotadora tiene relación con el cumplimiento en materia de seguridad minera.

 

OBJETIVOS. METODOLOGÍA
Los principales objetivos establecidos son:
1. Determinar el grado de cumplimiento de las explotaciones mineras en materia de seguridad minera
2. Proponer medidas de mejora o medidas correctoras, para la posterior actuación por parte de las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
La metodología seguida fue la siguiente:
1. Análisis de la documentación exigible en materia de seguridad y en materia minera, presentada por cada explotación ante la Administración.
2. Inspección en la explotación minera de:
- Instalaciones
- Frentes de explotación
3. Realización de reportaje fotográfico de la explotación minera.
4. Elaboración del informe detallado de la explotación, con las conclusiones de las medidas de mejora o medidas correctoras a implantar.
Para el trabajo de inspección en la explotación, se ha diseñado una lista de chequeo. La lista de chequeo es el documento más importante empleado en el estudio y fue cuidadosamente diseñado para obtener la mejor información posible sobre las condiciones de seguridad y prevención de riesgos laborales de cada explotación.
En su elaboración se utilizaron las siguientes normativas:

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 y sus modificaciones posteriores.

El Real Decreto 1215/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

El Real Decreto 1389/1997, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras.

El Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera:

Las Instrucciones Técnicas Complementarias.

Especificaciones Técnicas.

 

ANÁLISIS COMPARATIVO DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD

Para efectuar el análisis comparativo de las condiciones de seguridad en las explotaciones mineras en las que se realizaron las inspecciones técnicas de seguridad, se ha clasificado a estas en función del método de explotación utilizado para la extracción de las materias primas; de este modo, como se ha citado en apartados anteriores, se han clasificado las explotaciones en 3 tipos:

1. Explotaciones con arranque mediante perforación y voladura

2. Explotaciones con arranque mediante extracción de bloques

3. Explotaciones con arranque mediante métodos mecánicos

Los principales apartados verificados durante las inspecciones han sido los siguientes:

1. Documentación relativa a seguridad y salud

2. Desarrollo de los trabajos de explotación

3. Condiciones ambientales

4. Instalaciones de tratamiento o elaboración

5. Instalaciones eléctricas

6. Talleres y almacenes

7. Maquinaria y equipos

8. Instalaciones comunes

El número total de explotaciones estudiadas ha sido 70, de las cuales 40 se explotaban mediante perforación y voladura, 9 mediante extracción de bloques y 21 mediante métodos mecánicos.

Para realizar el análisis comparativo de las condiciones de seguridad, se ha relacionado el grado de cumplimiento, expresado porcentualmente, con los apartados verificados durante las inspecciones.

 

Los resultados se muestran en la Tabla 1.

 

 

 

Tabla 1

 

En las explotaciones de extracción de bloques, se ha marcado con un asterisco los apartados en los cuales el grado de cumplimiento era nulo; hay que considerar en este sentido, que el nº de explotaciones inspeccionadas no fue alto.

Se ha constatado que el grado de cumplimiento en materia de seguridad minera es mayor en las explotaciones por perforación y voladura frente a los otros métodos de arranque. La explicación de este hecho es debida a varios factores; entre ellos cabe destacar la mayor preocupación histórica de la Administración y empresas explotadoras por los riesgos inherentes al uso de explosivos, el mayor tamaño de las empresas explotadoras y el mayor valor económico de la materia prima extraída. Todo ello ha generado una mayor adecuación a la normativa de seguridad.

También en relación directa con lo anterior, se ha constatado que las explotaciones de pequeño tamaño presentan un menor grado de cumplimiento que las explotaciones de mayor tamaño; la explicación de este hecho es que estas últimas, por lo general, pertenecen a grandes grupos empresariales en los que la disponibilidad de medios humanos y técnicos permite mejorar las condiciones de seguridad.

 

PROPUESTAS DE ACTUACIÓN

Las inspecciones técnicas de seguridad ponen de manifiesto la existencia de un amplio campo de mejora en las condiciones de seguridad de las empresas mineras. La adecuación de estas a la normativa de seguridad minera no se puede realizar en un corto plazo de tiempo; sobre todo, la adecuación al correcto diseño de la explotación, en determinados casos sólo se podrá efectuar a medio plazo.

Teniendo en cuenta las peculiaridades de la actividad minera, se han propuesto las siguientes actuaciones:

1. Mayor implicación de las Administraciones para proponer plazos razonables e improrrogables de adecuación a la normativa de seguridad minera; a este respecto cabe destacar, por ejemplo, que el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, de obligado cumplimiento para las empresas explotadoras, está vigente desde al año 1985.

2. Mayor dedicación de los Directores Facultativos a cada explotación minera por ellos dirigida, tal y como se recoge en el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

3. Elaboración por la empresa explotadora, de un plan de adecuación para cumplir con las medidas de mejora o medidas correctoras propuestas por la Administración.

4. Verificación por parte de la Administración, de la implantación de las medidas de mejora o medidas correctoras propuestas en los plazos acordados.

5. Continuar con la realización de las inspecciones técnicas de seguridad que son el medio eficaz para verificar el cumplimiento en materia de seguridad minera y para realizar un seguimiento de la implantación de las medidas de mejora o medidas correctoras propuestas por la Administración.

Avilés González, Cristina

Departamento de Ingeniería Minera y Metalúrgica y Ciencia de los

Materiales/ Universidad del País Vasco / Colina de Beurco s/n 48901

Baracaldo Vizcaya, España

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Sánchez Conejo, Alfonso

Departamento de Ingeniería Minera y Metalúrgica y Ciencia de los

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