CERTIFICADOS DE PREFACTIBILIDAD HIDRICA, AUTORIZACIONES, APTITUDES Y PERMISOS. PRORROGA VENCIMIENTOS

Imprimir

 prefact hidrica

Resolución Conjunta 525/2020
Autoridad del Agua

Provincia de Buenos Aires

Publicación B.O.: 04/11/2020

LA PLATA, BUENOS AIRES, Martes 27 de Octubre de 2020
VISTO
El Expediente N° EX-2020-07665019-GDEBA-ADA, en el que recayera la Resolución RESOC-2020-217-GDEBAADA de fecha 17 de Julio de 2020, el Expediente N° EX-2020-16551501-GDEBA-ADA en el que recayera la ResoluciónRESOC-2020-362-GDEBA-ADA de fecha 16 de Septiembre de 2020 (rectificatoria del artículo 1° de la Resolución RESOC2020-217-GDEBA-ADA), el Expediente N° EX-2020-21799285-GDEBA-ADA, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución RESOC-2020-217-GDEBA-ADA tramitó la solicitud efectuada por la Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires (UIPBA), que resolvió prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, la fecha de vencimiento de las autorizaciones, aptitudes y permisos, cuya caducidad ocurriera en período de aislamiento social,preventivo y obligatorio ("ASPO"), previsto por el Decreto PEN N° 297/20 y su normativa complementaria y en el marco de la emergencia sanitaria prevista por el Decreto N° 132/20 (con motivo de la situación de emergencia originada por el COVID-19), a partir de la fecha de vencimiento correspondiente;
Que asimismo, por el citado acto administrativo se resolvió prorrogar hasta el 30 de septiembre de 2020 aquellos vencimientos de obligaciones de pago relativas a Planes de Pago, deudas por Canon por el uso del agua y por Tasa de Inspección de Funcionamiento y Control de Calidad de Efluentes, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020; como así también los vencimientos de obligaciones de pago relativas al pago de multas, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020;
Que por Resolución RESOC-2020-362-GDEBA-ADA, se rectificó el artículo 1° de la Resolución RESOC-2020-217-GDEBAADA, incluyendo a los Certificados de Prefactibilidad Hídrica, ello en virtud de aplicar un criterio uniforme en el "Régimen para la obtención de Prefactibilidades, Aptitudes y Permisos" aprobado mediante Resolución RESFC-2019-2222- GDEBAADA, prorrogando por el término de noventa (90) días corridos, la fecha de vencimiento de los mencionados Certificados de Prefactibilidad;
Que a orden 2 obra nota emitida por la Dirección General de Administración (NO-2020-21179053-GDEBA-DGAADA),sugiriendo en razón de que se mantienen las condiciones que dieron origen a las Resoluciones citadas, prorrogar hasta el 31 de Octubre del corriente año aquellos vencimientos de obligaciones de pago relativas a Planes de Pago, deudas por Canon por el uso del agua y por Tasa de Inspección de Funcionamiento y Control de Calidad de Efluentes, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020;
Que la citada Dirección indica que además correspondería prorrogar hasta el 31 de Octubre del corriente año aquellos vencimientos de obligaciones de pago relativas al pago de multas, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020;
Que a orden 3 luce nota emitida por la Dirección Provincial de Gestión Hídrica (NO-2020-21799768-GDEBA- DPGHADA)informando que a la fecha se mantienen las condiciones que dieron origen a las Resoluciones mencionadas, sugiriendo prorrogar los plazos mencionados desde la fecha de vencimiento correspondiente hasta el 31 de Octubre del corriente año,sin perjuicio de la validez de los actos administrativos que se pudieran otorgar respecto de los trámites mencionados a solicitud de los Usuarios;
Que ha tomado debida intervención la Dirección Legal y Económica a orden 6, sin objeciones que formular al dictado del acto administrativo propiciado por la Dirección General de Administración y la Dirección Provincial de Gestión Hídrica;
Que la presente se dicta con arreglo a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 12.257, su Decreto Reglamentario Nº3511/07 y el Decreto Nº 167/18;

Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE

ARTICULO 1°. Prorrogar hasta el 31 de Octubre de 2020 la fecha de vencimiento de los Certificados de Prefactibilidad Hídrica, autorizaciones, aptitudes y permisos, cuya caducidad ocurriera en período de aislamiento social, preventivo y obligatorio ("ASPO"), dispuesto por el Decreto PEN N° 297/20 y su normativa complementaria y modificatoria y en el marco de la emergencia sanitaria prevista por el Decreto N° 132/20 y modificatorios.
ARTICULO 2°. Prorrogar hasta el 31 de Octubre de 2020 aquellos vencimientos de obligaciones de pago relativas a Planes de Pago, deudas por Canon por el uso del agua y por Tasa de Inspección de Funcionamiento y Control de Calidad de Efluentes, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020.
ARTICULO 3°. Prorrogar hasta el 31 de Octubre de 2020 aquellos vencimientos de obligaciones de pago relativas al pago de multas, que hubieran operado desde el 1° de abril del año 2020.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar en la página web y en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Néstor Eduardo Aon, Director; Juan Oscar Deina, Director; Sebastián Alvarez Hayes, Vicepresidente; AlfredoSiri, Presidente.
 
CONOZCA LOS SERVICIOS QUE BRINDA LA BASE DE DATOS DE ConsulDar HACIENDO CLICK AQUI