RESIDUOS ESPECIALES. ACTUALIZACION DE TERMINOS PARA EL CALCULO DE LAS TASAS. DEROGA RESOLUCION 511/2018

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Resolución 35/2021
Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible

Provincia de Buenos Aires

Publicación B.O.: 23/03/2021

LA PLATA, BUENOS AIRES, Miércoles 17 de Marzo de 2021
VISTO el EX-2020-30326902-GDEBA-DGAOPDS, el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes N° 11.720, N° 15.164, los Decretos N° 806/97, N° 650/11, N° 31/20 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires consagra en su artículo 28 el derecho de sus habitantes a gozar de un ambiente sano con el correlativo deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras;
Que conforme el artículo 42 de la Ley de Ministerios N° 15.164 este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible resulta autoridad de aplicación en materia ambiental en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 11.720 se reguló la generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, reglamentada por Decreto N° 806/97 y su modificatorio Decreto N° 650/11, estableciendo que la Autoridad de aplicación será la máxima Autoridad Ambiental de la Provincia de Buenos Aires;
Que, entre otros aspectos, el citado Decreto N° 650/11 modificó lo atinente a las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas correspondientes a la generación y tratamiento de residuos especiales, como así también para aquellos operadores en general y transportistas, tanto dentro de la Provincia como a nivel interjurisdiccional, otorgando facultades a esta Autoridad de Aplicación para actualizar algunos términos que integran las referidas fórmulas, entre los que se encuentran
"To", "UR" y "Ftr";
Que siendo uno de los fines previstos por el artículo 2° de la citada Ley N° 11.720, la reducción de la cantidad de los residuos especiales generados, deviene necesario proceder a la actualización de los términos contenidos en la fórmula de cálculo actualmente vigente;
Que con la actualización de los términos en cuestión ("To", "UR" y "Ftr") se procura una redefinición del aumento en los montos de las respectivas tasas conforme se trate de establecimientos con mayor Nivel de Complejidad Ambiental, en tanto los mismos representen un peligro más acentuado a la población;
Que mediante la RESOL-2018-511-GDEBA-OPDS se actualizaron los términos "To", "UR (Unidad Residuo)" y "Ftr (Factor transportista)", que integran las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas, resultando procedente, en esta instancia, en atención al tiempo transcurrido, una actualización;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 15.164 y el artículo 5° de la reglamentación aprobada por Decreto 806/97, modificado por el Decreto N° 650/11;

Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE

ARTICULO 1°. Actualizar los términos "To", "UR (Unidad Residuo)", y "Ftr (Factor transportista)", que integran las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas, contenidos en el artículo 5° de la reglamentación de la Ley N° 11.720, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 806/97, modificado por el Decreto N° 650/11, los que quedarán definidos de la manera que figura en el Anexo Unico Nº IF2020-30134956- GDEBA-DPROPDS que pasa a formar parte de la presente.
ARTICULO 2°. Dejar sin efecto la RESOL-2018-511-GDEBA-OPDS.
ARTICULO 3°. Notificar al señor Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar a la Subsecretaría de Fiscalización y Evaluación Ambiental. Cumplido, archivar.
Juan Ignacio Brardinelli, Director Ejecutivo

ANEXO
 
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