RESIDUOS ESPECIALES. ACTUALIZACION DE TERMINOS PARA EL CALCULO DE LAS TASAS. DEROGA RESOLUCION 35/2021

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Resolución 6/2022

Ministerio de Ambiente

Provincia de Buenos Aires

Publicación B.O.: 14/01/2022

La Plata, 12 de Enero de 2022
VISTO:
El EX-2021-29386755-GDEBA-DGAOPDS, el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes provinciales N° 11.720, N° 15.164 y su modificatoria N 15.309, los Decretos N° 806/97, N° 650/11, N° 31/20, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires consagra en su artículo 28 el derecho de sus habitantes a gozar de un ambiente sano con el correlativo deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras;
Que, conforme el artículo 20 bis de la Ley N° 15.164, incorporado por Ley N° 15.309, este Ministerio resulta autoridad de aplicación en materia ambiental en el ámbito de la provincia de Buenos Aires;
Que, mediante la Ley N° 11.720 se regula la generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales en el territorio de la provincia de Buenos Aires, reglamentada por Decreto N° 806/97 y su modificatorio Decreto N° 650/11, estableciendo como autoridad de aplicación a la máxima autoridad ambiental provincial;
Que, entre otros aspectos, el citado Decreto N° 650/11 modificó lo atinente a las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas correspondientes a la generación y tratamiento de residuos especiales, como así también para aquellos operadores en general y transportistas, tanto dentro de la Provincia como a nivel interjurisdiccional, otorgando facultades a esta autoridad de aplicación para actualizar algunos términos que integran las referidas fórmulas, entre los que se encuentran "To", "UR" y "Ftr";
Que, siendo uno de los fines previstos por el artículo 2° de la Ley N° 11.720 l reducción de la cantidad de los residuos especiales generados, deviene necesario proceder a la actualización de los términos contenidos en la fórmula de cálculo, actualmente, vigente;
Que, con la actualización de los términos en cuestión ("To", "UR" y "Ftr"), se procura una redefinición del aumento en los montos de las respectivas tasas conforme se trate de establecimientos con mayor Nivel de Complejidad Ambiental, en tanto los mismos representen un peligro más acentuado a la población;
Que, mediante la RESO-2021-35-GDEBA-OPDS se actualizaron para el ejercicio 2021 los términos "To", "UR (Unidad Residuo)" y "Ftr (Factor transportista)", que integran las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas, resultando procedente, en esta instancia, en atención al tiempo transcurrido, una nueva actualización;
Que, han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 11.720, N° 15.164 y su modificatoria, N° 15.309;

Por ello,
LA MINISTRA DEL MINISTERIO DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

ARTICULO 1°. Actualizar los términos "To", "UR (Unidad Residuo)", y "Ftr (Factor transportista)", que integran las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas, contenidos en el artículo 5° de la reglamentación de la Ley N° 11.720, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 806/97, modificado por el Decreto N° 650/11, los que quedarán definidos de la manera que figura en el Anexo Unico (IF-2022-01052182-GDEBA-MAMGP) que pasa a formar parte de la presente.
ARTICULO 2°. Dejar sin efecto la RESO-2021-35-GDEBA-OPDS.
ARTICULO 3°. Notificar al señor Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar a la Dirección General de Administración. Cumplido, archivar.
Daniela Marina Vilar, Ministra.

ANEXO
 
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